domingo, 5 de febrero de 2017

El Poder Ejecutivo en México. Sus funciones y actualidad.

Poder Ejecutivo en México


               
                La división de poderes constituye la base de la organización política de las sociedades actuales.  En México, el poder público federal y estatal está organizado bajo el principio de la división de poderes. Dicha organización política en México divide el ejercicio del poder público en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos realiza funciones específicas que la Constitución Mexicana expresa; sin embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias que enriquecen su quehacer constitucional.

Por su parte, el Poder Ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial), el cual está depositado en una sola persona y es denominado Presidente de la República Mexicana, quien es electo en forma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamás puede volver a desempeñarlo. Entre sus funciones se observan las siguientes:

¦ Promulga y publica las leyes, una vez que han sido aprobadas por las Cámaras  del Congreso de la Unión, y de las cuales no ha tenido observaciones; de igual manera aprueba aquellas iniciativas las cuales, una vez que han sido vetadas por él mismo, han sido devueltas al Congreso de la Unión, y tanto la Cámara de Origen como la Revisora, han aprobado de nuevo el Proyecto de Ley y se lo han hecho llegar en el mismo periodo de sesiones.
¦ Ejecuta las mismas leyes que han sido publicadas y cuenten con vigencia.
¦ Es responsable de la gestión diaria del Estado a través de la Administración Pública,[1] la cual se encuentra regulada por el Poder Ejecutivo a través de la facultad de nombramiento que tiene éste.[2]
¦ Igualmente representará a la Federación en los asuntos en que ésta sea parte, por conducto de la dependencia que tenga a su cargo la función de Consejero Jurídico del Gobierno o de las Secretarías de Estado, en los términos que establezca la ley.[3]
¦ Nombrar con aprobación del Senado los siguientes puestos: Embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, siempre y cuando su contratación, ratificación y despido no se encuentren regulados por la CPEUM; Oficiales Superiores  y demás[i] del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
¦ Disponer de la Guardia Nacional para cuando sea el caso de que el Congreso de la Unión apruebe su movilización entre las entidades federativas.
¦ Declarar la guerra en nombre de los EUM, previa ley del Congreso de la Unión.
¦ Intervención en la designación del Fiscal General de la República acorde al 102 apartado A de la CPEUM.
¦ Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado.
¦ Entre otras que la CPEUM le confiere expresamente.

            En la doctrina de la ciencia política y el derecho constitucional, el Ejecutivo es la rama de gobierno responsable de la gestión diaria del Estado. Según la doctrina de la separación de poderes, redactar las leyes es tarea del Poder Legislativo, interpretarlas es tarea del Poder Judicial, y hacerlas cumplir es tarea del Poder Ejecutivo. En la práctica, sin embargo, esta separación no suele ser absoluta. El jefe de gobierno es la figura visible y de mayor peso del poder ejecutivo, lo cual se acentúa con mayor intensidad en América Latina (por su historias de independencia y de poner en el poder a personas con perfil militar, no tanto político, lo cual sobrevino en una cultura de Ejecutivo con tintes monárquicos; en la historia de México vemos a Manuel Ávila Camacho como el último militar titular del Ejecutivo Federal, a quien lo sucedió Miguel Alemán, licenciado en Derecho, cuya administración fue caracterizada por la creación de la Ciudad Universitaria).

Lo cual nos lleva al Ejecutivo en la actualidad. Desde hace algunos años y debido a varias y diversas razones, como el hecho de que cada vez hay mayor pluralidad de grupos parlamentarios en el gobierno, así como la mayor difusión de información; el poder antes cuasi monárquico del titular del Ejecutivo, en especial del titular del Ejecutivo Federal[4] se ha visto disminuido en su práctica objetiva.
No solo en nuestro país, sino a nivel internacional, hemos visto que el poder cada vez es más difícil de obtener, y aún más de mantenerlo, y no solo en materia de política, sino en básicamente todas las actividades humanas por igual. Pero concentrando la atención en el Ejecutivo (a cualquier nivel), ahora lo vemos más moderado en cuanto a sus antiguas facultades metaconstitucionales, donde utilizaba a los medios a su completo criterio sin dar espacio a criticas ni opiniones contrarias; donde la hegemonía partidista le proveía el marco idóneo para el uso de la Guardia Nacional a su libre albedrio; la utilización y despilfarro de los recursos públicos era llevado a cabo sin la existencia de algún contrapeso significante; desaparición de personas; entre otros muchos etcéteras. En la actualidad, muchos de los señalamientos aún se mantienen, pero no bajo un halo de impunidad total y cínica como en el siglo pasado, lo anterior se modificó debido a que con la información que fluye y a cada vez más personas, indistintamente de su estrato socioeconómico o escolaridad, lo cual a su vez influye  en los criterios del pueblo y ha modificado en gran medida las percepciones públicas y con ello los criterios de las masas frente a las elecciones populares. Lo cual crea el silogismo (no siempre acertado) de que el titular del Ejecutivo, cuidará de su imagen y de su administración, en aras de que su partido político mantenga el poder.      




[1] La Administración pública es el por un conjunto de instituciones y de organizaciones de carácter público que disponen de la misión de administrar y gestionar el estado y algunos entes públicos.
[2] Artículo 89 CPEUM.
[3] Artículo 90 CPEUM.
[4] Titular del Ejecutivo Federal es el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; es titular del Ejecutivo a nivel Estatal el denominado Gobernador de su respectiva entidad federativa; mientras que el titular del Ejecutivo Municipal es denominado como el Alcalde.




[i] Se cita lo que señala la CPEUM en su artículo 89 numerales IV y V.

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